Judiciales

Metán y la primera condena por femicidio

Algunas personas están convencidas que en las diferencias de pareja se ganan del derecho a matar, condenandose a sí mismos a vivir el calvario de la cárcel, la pérdida de la  libertad es terrible para un ser humano, pero el momento en que causan el daño irreparable a una víctima quitándole la vida, es su  peor momento, fuera de sí  se convierten en bestias que han involucionado hacia la parte más oscura de la humanidad, escribe en su diario digital, el colega Alejandro Asis, quien cubre las noticias de la ciudad de Metán. En su crónica, agrega:” El fallo del Juez Sebastián Fucho fué ejemplar, pena de prisión perpetua para el homicida.
 
El hecho de femicidio sucedió en J.V. González el 23 de diciembre de 2015, ese día Graciela Carabajal circulaba en una moto junto a Hugo Orlando Cejas, luego de un intercambio de palabras con Luis Roberto Frías, éste en plena vía pública empuñando un arma blanca de 40 cm de largo, le dió una estocada certera en el corazón de su ex pareja, le provocó una herida de 15 cm de profundidad con un tremendo  puñal de campo.
 
Ya no se  podrá escuchar la voz, ni ver la sonrisa, ni  penas, ni alegrías de Graciela, sólo se podrá oír  entre las tinieblas de los muros sombríos, la maté.
 
La mujer había realizado  denuncias previas por amenazas, lesiones leves y escoriaciones, Frías había anunciado que la mataría si lo denunciaba ante la policía.
 
Graciela Carabajal,  asimismo lo denunció por violencia, motivo por el cual Frías estuvo detenido 15 días, luego se le otorgó la libertad por el Juez de Garantías Sebastián Guzmán. Con respecto a este punto el Juez Sebastián Fucho criticó durante la conferencia de prensa  las políticas estatales que no prevén un régimen de asistencia al victimario, consideró que salen  y vuelven a tener las mismas conductas por las cuales fueron privados de su libertad.
 
Por otro lado la línea garantista de nuestro código procesal-penal se convirtió en un verdadero fracaso que llevó a la sociedad a vivir situaciones de incertidumbre y sufrimiento.
 
Las salidas transitorias que son consideradas parte de la socialización-reinserción del reo en la sociedad, son más baratas para el estado que  inversión en tratamientos de sociabilidad adecuados,  existe un agudo síntoma de fracaso  y bumerang que se vuelve en contra de la comunidad. La estadía en la cárcel sin tratamientos indispensables agudiza los sufrimientos por los cuales una persona llega a delinquir, muchos salen tanto igual o peores al momento del ingreso.
 
En este caso previo al femicidio de Graciela, el agresor fue denunciado por amenazas y violencia con golpes,  como en tantos otros, el estado ajustándose a derecho le otorgó la libertad con todas las prohibiciones de no acercamiento que marca la ley, etc,etc, pero incurrió en otro error, no le otorgó al ofensor  la oportunidad de un tratamiento a través del cual pueda cambiar su postura de pensamiento que lo lleve a cambiar de actitud. La víctima fue doblemente víctima por las leyes garantistas sin acompañamiento y por aquel que hundió el cuchillo hasta el punto letal.
 
La línea garantista debería ser apoyada por un trabajo multidisciplinario  con una real asistencia a ambas partes con  problemas, la que es víctima y el que es victimario. Sin tratamiento de sociabilidad, soltar en libertad un agresor,  porque sí, porque  lo estipulan sus garantías legales, se convierte en un arma mortal capaz de matar.
 
La línea garantista tiene sus motivos de existir dentro de Tribunales, no todo es malo en ella, observa las situaciones de quienes delinquen desde su contexto social, lo cual implica a la niñez en adelante también relacionado con la responsabilidad del estado,  pero le falta algo, planteada de este modo sólo lleva fracaso por delante, seguramente nuevas formas de inserción social deberán buscarse, con mayor compromiso estatal.
 
 
 
El abogado del homicida llamó  a la reflexión pidió  “que las familias separadas se unan, los familiares podrían haber hecho algo, podrían haber puesto un granito de arena, expresó con palabras entrecortadas”.
 
La defensa del acusado expuso que los golpes recibidos con anterioridad  en días previos al crimen  podrían ser causa de una caída y no a los golpes de puño, por lo que no debería ser juzgado sino solo por el homicidio. Algo tenía que decir la defensa a favor del acusado ante el hecho consumado.
 
El juez Sebastián Fucho, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, condenó a Luis Roberto Frías, a la pena de prisión perpetua, por encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas y homicidio agravado por el vínculo y  violencia de género en concurso real. El condenado deberá cumplir 35 años de prisión, cumplido ese tiempo podrá apelar para acogerse a algún tipo de beneficios.
Frías deberá permanecer alojado en la unidad carcelaria local. Además, el juez le impuso la inhabilitación absoluta.
Los fundamentos de la sentencia serán leídos en audiencia fijada para el próximo martes 25 de abril a las 13.
 
Con respecto al tema que trascendió en varios medios relativo a la  notificación de la familia de la víctima el Juez Fucho explicó que cuando se cita las partes a juicio el fiscal ofrece sus pruebas y el defensor hace lo mismo por su parte, en ninguna de esas pruebas ofrecidas estaba la familia de la víctima o sea no era un testigo ofrecido. Además indicó que la familia tienen derecho a la información en todo momento.
 
Por otro lado Regina la madre de crianza de Graciela Carabajal pidió por la seguridad de su familia ante todos los medios de comunicación que uno a uno fueron  entrevistándola, la mujer teme por hechos que se pudieran suceder en su contra.
 
Las dos hijas mellizas hijas en común entre Graciela Carbajal y Luis Frias ambas  quedaron bajo la tutela de la familia del homicida, consultado sobre esto por Diario Metán Noticias con el Director General del Programa de Asistencia a la Víctima y Familiares de Víctimas de Delitos Graves a Víctimas,  Rafael Benegas expresó: tiene que haber un acercamiento con la otra familia, existe un derecho de los chicos a través de la convención del niño que debe tener tanto relación con la familia paterna como la materna.
 
Diario Metán Noticias: En éste caso Regina, la madre de crianza, tía biológica de Graciela Carabajal debe ser considerada como parte de la familia de los chicos ?
 
Rafael Benegas: Debe ser considerada como parte de su familia”.
 
Fuente: Diario Metán es Noticias

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