Tartagal -provincia de Salta- condenan a un profesor por grooming UN AÑO DE PRISIÓN CONDICIONAL.-
La justicia de Tartagal condenó esta semana a un profesor de escuela primaria de Gral. Mosconi a la pena de un (1) año de prisión de ejecución condicional, por resultar autor material y responsable del delito de contacto con menores de edad con fines sexuales a través de medios electrónicos (grooming), previsto en los artículos 131 y 45 de Código Penal. Los hechos sucedieron en 2017, cuando el condenado tenía 34 años.
El proceso judicial contó con la intervención del Asesor de Incapaces 1 de Tartagal, Juan José Andreu; de la Defensora de Violencia Familiar y de Género, Andrea Magadán, como querellante; de la Fiscal de Violencia de Género, Lorena Martínez; de la Defensora Penal, Natalia Pagani; y el fallo fue firmado por el Juez de Tribunal de Juicio, Sala II, Anastasio Vázquez Sgardelis.
En el juicio se acreditó que a partir de un grupo de whatsapp conformado por motivos escolares, el profesor comenzó a enviar mensajes privados a una alumna de séptimo grado, con fotografías y videos con contenido sexual. A través de una compañera de la víctima, la maestra y la directora de la escuela tomaron conocimiento y llamaron a la madre de la niña, que inmediatamente radicó la denuncia.
Para el Asesor de Incapaces Andreu, “esta condena pone el foco en un nuevo delito, el grooming, que requiere la atención de la Justicia, pero sobre todos de los padres y responsables de niños y adolescentes, que deben estar atentos ante el incremento en el uso de las redes sociales y las facilidades que encuentran en esas herramientas los abusadores”.
En la audiencia, el Asesor Andreu coincidió con el alegato de la querellante Andrea Magadan, quien calificó el hecho como un “avasallamiento absoluto de la vida de la menor. Se trató de una invasión de un adulto a un niño, y como profesor conocía que no podía ni debía introducir una menor al mundo de los adultos”. Ambos hicieron especial hincapié en las reglas de conductas para el abusador.
Como medidas complementarias, el condenado deberá fijar domicilio y someterse al control de un patronato; abstenerse de acercarse a una distancia menor a 200 metros con la víctima y su grupo familiar en forma personal, mediante llamadas o mensajes telefónicos o por vía informática (e-mail, faceboock, etc.); someterse a un tratamiento psicológico; y realizar capacitaciones on line del Ministerio de Justicia de la Nación en “Introducción de Derechos Humanos” y sobre “Niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos”.
Asimismo, se ofició al Servicio Médico del Poder Judicial para que obtenga sus señas particulares y al Cuerpo de Investigaciones Fiscales para que procesa a la extracción del material genético del condenado, a fin de asignarle el Dato Único de Identificación Genética, para su posterior inscripción en el Registro Provincial de condenados vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.