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El Estado nacional apelará el fallo que ordenó suspender la Ley IVE El fallo pertenece a un juez de Mar del Plata

La Ley N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.

El Estado nacional apelará inmediatamente la decisión del Juez federal Alfredo Eugenio López, titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata, que decreta, en virtud de una medida cautelar, la inaplicabilidad de la Ley N° 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en hospitales nacionales.

La medida cautelar fue presentada por Héctor Adolfo Seri, excandidato del partido de Aldo Ricoa través de su abogado, Mauro D´Ipólito Blancat.

El Ministerio de Salud y el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación realizarán todas las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de una ley votada por el Congreso de la Nación, que significa reducir las desigualdades que terminan en muertes, enfermedades y otros daños.

La Ley N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, está en vigencia en todo el territorio nacional.

“Lo que resolví es la medida cautelar que se solicita dentro del amparo para evitar que se sigan asesinando niños por nacer, por eso hay peligro en la demora, y para justificar la medida en virtud de la verosimilitud que existe según las normas constitucionales y los tratados internacionales” dijo el juez López.

El pasado 28 de mayo, además, fue aprobado mediante la Resolución ministerial 1531/2021 el protocolo para la atención integral que ofrece una guía a los equipos y establecimientos de salud para que cumplan con la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y atención posaborto, en el contexto del compromiso del Estado argentino con el cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en el marco jurídico nacional, específicamente, en la Constitución nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos, el Código Penal y el Código Civil y Comercial de la Nación, así como por todas las leyes concordantes de protección de pacientes, mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, entre otras.

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